miércoles, mayo 21, 2008

Integridad del Ministerio Público

Milton Ray Guevara /Listín Diario

Esa práctica trujillista es un signo de atraso y de retroceso. En la era de las comunicaciones y de la modernidad no se compadece con la existencia de un régimen democrático y civilista en pleno Siglo XXI.

Nunca he tenido vocación de guerrillero, terrorista o delincuente. Valiosos años de mi vida los he dedicado, casi gratuitamente, a la promoción de la independencia del Poder Judicial y a la existencia de una sana, íntegra y eficiente administración de justicia. He participado de manera desinteresada, privilegiando el interés supremo de la República, en importantes reformas sociales e institucionales como son el actual Código de Trabajo, la reforma constitucional del año 1994 y el anteproyecto de reforma constitucional del año 2007.

Las cuestiones de interés público que expreso por la vía telefónica son las que públicamente abordo en la prensa escrita, televisiva o radial. Ofrecer la cátedra de derecho constitucional en los doce años del doctor Balaguer, no era un ejercicio fácil, pero lo hice con toda libertad, sin recibir jamás presión del gobierno de entonces y mucho menos de las autoridades universitarias.

El derecho constitucional huele a pólvora porque se fundamenta en la búsqueda de la limitación del poder de los gobernantes. Por ello me sorprendí profundamente cuando una distinguida profesora y amiga, me llamó por teléfono a Samaná y me puso al corriente del espionaje telefónico oficial de que era objeto. Inmediatamente me puse en contacto con el licenciado Orlando Jorge Mera, secretario general del Partido Revolucionario Dominicano quien me confirmó la noticia ofreciéndome los detalles. El espionaje fue autorizado por un juez a solicitud de un procurador adjunto quien envió el número de nuestro teléfono y una decena más, sin indicar nuestro nombre, señalando que se trataba de personas investigadas por la comisión de graves delitos, tales como trata de personas, lavado de activos, narcotráfico entre otros. Entre los otros perjudicados figuran igualmente el ex presidente del Senado, ingeniero Ramón Alburquerque, el ex presidente de la Cámara de Diputados, licenciado Alfredo Pacheco, el ex presidente del Senado, licenciado Andrés Bautista y el candidato presidencial del PRD, ingeniero Miguel Vargas, todos dirigentes del principal partido político de oposición. ¡Cuánta indignidad de ese representante del Ministerio Público y de quien le dio la orden!

El caso que se plantea, en general con el Ministerio Público en el país, no sólo se refiere a la ausencia de independencia y de formación jurídica sino también a su falta de integridad personal y profesional. Salvo honrosas excepciones, en la actualidad, son incapaces y mal formados. Basta recordar, sobre el particular, los datos ofrecidos por la doctora Aura Celeste Fernández cuando era directora de la Escuela del Ministerio Público. Más aún, no sustentan bien los expedientes, no presentan verdaderas ni contundentes pruebas y en ocasiones actúan en lugar del abogado, como defensores del delincuente. En adición actúan como comisarios políticos del partido de gobierno. Fue impresionante el número de ellos que participaron como precandidatos a cargos electivos en el año 2006 o los que actuaron abiertamente en la campaña electoral, incluso dirigiendo áreas de campaña en las elecciones del 2008. Lo más grave de todo es la falta de integridad. Ya que el hecho de pertenecer o simpatizar por un partido político no es sinónimo de incumplimiento del deber o de asociación con la violación de la ley.

La justicia dominicana va por mal camino, se está desviando cada vez más del espíritu de la reforma iniciada en el año 1994. Los hechos que relatamos son muy graves. Que no se diga que particulares practican permanentemente ese odioso método. Eso no es justificación para los poderes públicos. El acto denunciado y que podría tener efectos judiciales, incluso eventualmente, para las compañías telefónicas, viola el numeral 9 del artículo 8 de la Constitución de la República, el artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y los artículo 337 y 337-1 del Código Penal. Nuestra Constitución es categórica cuando establece “es igualmente inviolable el secreto de la comunicación telegráfica, telefónica y cablegráfica”. Para los que quieran edificarse más sobre este tema les remito a nuestro proyecto de ley, aprobado por el Senado el 13 de junio de 1997, mediante el cual se buscaba modificar los artículos 337 y 337-1 del Código Penal para fortalecer los derechos de intimidad de los ciudadanos y ciudadanas.

Esa práctica trujillista es un signo de atraso y de retroceso. En la era de las comunicaciones y de la modernidad no se compadece con la existencia de un régimen democrático y civilista en pleno Siglo XXI.

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