martes, diciembre 19, 2006

Constituyente O consulta pancarta

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JUANY URIBE

-DE EL LISTIN DIARIO, MATUTINO DOMINICANO-

Durante su primer mandato, Trujillo sometió a su control toda la vida pública de la nación, persiguió sus opositores y, entre sus crímenes iniciales, se cuentan los de Virgilio Martínez Reyna, Cipriano Bencosme, Desiderio Arias. Estrella Ureña, junto a José Dolores Alfonseca, tomó el camino del exilio.

En diciembre de 1931, Trujillo anunciaba solemnemente que no buscaría la reelección y un año más tarde anunciaba su aceptación a la candidatura presidencial, acompañado de Francisco J. Peynado para la vicepresidencia.

El 16 de mayo de 1934 fueron celebradas las elecciones y la totalidad de los votos emitidos favorecieron a Trujillo-Peynado, presentados por el Partido Dominicano. Conjuntamente con las elecciones fueron escogidos los miembros de la Asamblea Revisora que tendría a su cargo una nueva reforma constitucional, la cual se circunscribió a asuntos administrativos, soslayando tocar los aspectos institucionales esenciales del aparato estatal.

Trujillo concluyó su ejercicio presidencial en 1938, año en el cual resultaron electos Francisco J. Peynado como Presidente y Manuel de Js. Troncoso de la Concha como Vicepresidente, por el Partido Dominicano. Se trataba de una jugada política de Trujillo que manejaba todos los hilos del gobierno a su mejor conveniencia.

En 1942, a iniciativa de Trujillo, se introducen nuevas reformas a la Constitución, consignándose en la misma, por vez primera, los derechos de los trabajadores aunque fuera en forma nominal. Esos derechos quedaron establecidos en el inciso 2 del Art. 6, que prohibía el monopolio en beneficio de particulares, establecía la jornada máxima de trabajo, los días de descanso y vacaciones, los sueldos y salarios mínimos y su respectiva forma de pago, los seguros sociales y la participación preponderante de los nacionales en todo tipo de trabajo.

Otras reformas importantes realizadas en 1942 por la Asamblea Revisora, fueron la extensión del período presidencial a cinco años (Art. 44) y la eliminación de la Vicepresidencia, disponiendo en su Art. 51 que la sucesión presidencial recaería en el Secretario de Guerra y Marina. Dicho texto estaría vigente hasta 1947.
Continuaremos.


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